¿Qué son los minimis? ¿Cómo saber si una ayuda está sujeta a minimis?

Los Estados miembros de la Unión Europea pueden conceder ayudas de minimis, cuyo importe es siempre inferior a 300.000€.

En el artículo de hoy, entenderemos el concepto de ayudas de minimis y cómo están reguladas en la Unión Europea.

La palabra minimis proviene de latín y significa “acerca de las pequeñas cosas”. En sentido legal, minimis se refiere a alguna cosa que no tiene una importancia destacable como para que la ley le preste atención.

Así pues, las ayudas de minimis son las que prestan los Estados miembros de la Unión Europea a las empresas con una cuantía insuficiente para que tengan que ponerse en conocimiento de la Comisión Europea.

Las condiciones de las ayudas de minimis se encuentran en el Reglamento (UE) 1407/2013, de 18 de diciembre de 2013, de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (vigente hasta el pasado 31 de diciembre de 2023).

El nuevo Reglamento (UE) 2023/2831, vigente desde el 1 de enero de 2024, establece que la ayuda total de minimis concedida por una empresa:

  • No puede ser superior a 300.000€ durante un período de 3 ejercicios fiscales, es decir, el ejercicio fiscal actual y los dos anteriores. Hasta 2023 el importe no podía exceder los 200.000€.
  • No puede ser superior a 100.000€ en el caso de las empresas que se dedican al transporte por carretera.

¿Porqué es importante este concepto y en que situaciones aplica?

El concepto de minimis es importante porque suele ser habitual encontrarnos en las bases reguladoras de una línea de ayudas una frase que reza así: “Estas subvenciones están sometidas al régimen de ayudas de minimis, en los términos establecidos en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.”.

Esto significa que si nuestra empresa ha recibido otras ayudas sujetas a minimis en los últimos 3 años, superando la suma de ellas los 300.000€, ya no podremos optar a otra ayuda sujeta a dicho régimen.

Los créditos ICO y otros préstamos con avales públicos o en situaciones ventajosas, pueden contener minimis. Esto ha generado cierta confusión entre los emprendedores porque no queda claro si para calcular el importe de minimis que tienen concedido han de sumar el importe del préstamo o de los intereses… Pues ni lo uno ni lo otro.  En este caso solo se ha de tener en cuenta la porción de los intereses que está subvencionada.  Por poner un ejemplo, si la startup ha obtenido un préstamo de 400.000€, y éste tiene unos intereses en condiciones normales de 20.000€ de los cuáles solo ha de pagar 5.000€, ya que los otros 15.000€ están bonificados, el importe de la ayuda que computaría como minimis sería de 15.000€.

¿Están sujetas al régimen de minimis todas las ayudas?

El requisito de comunicar las subvenciones se realiza con el fin de determinar su compatibilidad con el mercado común. No obstante, determinadas ayudas pueden eximirse de su notificación al considerar que sí son compatibles con el mercado común. En este sentido, son compatibles y no necesitan comunicarse a la Comisión Europea aquellas ayudas estatales que posean las siguientes características:

  • Ayudas destinadas al desarrollo de regiones desfavorecidas.
  • Ayudas en favor de las pymes- Investigación y Desarrollo (I+D)
  • Protección y mejora del medio ambiente
  • Incentivación del empleo y la formación

¿Qué fecha se toma para calcular los minimis?

En el artículo 3.4 del Reglamento encontramos definido:

“Las ayudas de minimis se considerarán concedidas en el momento en que se reconozca a la empresa el derecho legal a recibir la ayuda en virtud del régimen jurídico nacional aplicable, con independencia de la fecha de pago de la ayuda de minimis a la empresa.”

Por tanto, la fecha a tomar en consideración no será la que efectivamente se reciba el dinero, sino en la que haya sido otorgada.

¿Quién no puede beneficiarse de este tipo de ayudas?

Existen algunas categorías de empresas que no pueden recibir ayudas de minimis:

  • Agricultura, cuando se vayan a destinar a la producción primaria de productos agrícolas.
  • Empresas que exportan a Estados miembros o terceros países.
  • Ayudas para adquirir vehículos para el transporte de mercancías por carretera.
  • Ayudas condicionadas a que se usen productos nacionales y no importados.
  • Préstamos y subvenciones destinadas a empresas en crisis.

¿Qué tipo de ayudas de minimis existen?

Se pueden conceder ayudas de minimis en 3 tipos de modalidades:

  • Subvenciones
  • Préstamos
  • Deducciones en los intereses de los préstamos bancarios

¿Desde cuándo está en vigor el Reglamento?

El nuevo reglamento está en vigor desde el 1 de enero de 2024 y es aplicables hasta el diciembre de 2030.

¿Cómo puedes saber si la ayuda está sometida a régimen de minimis?

En las órdenes de publicación de las ayudas públicas se establece expresamente si la ayuda está sujeta a minimis o no. Es más común que las ayudas no estén sujetas a minimis que sí que lo estén.

Una empresa o autónomo puede consultar qué ayudas a recibido sometidas a régimen de minimis a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Para consultar todas las características, puedes consultar el Reglamento y sus correspondientes artículos en el siguiente enlace.