En estos momentos complicados para todos, las ayudas y subvenciones pueden suponer un balón de oxígeno para muchas empresas y emprendedores.
Coincidiendo con el comienzo del Estado de Alarma y el inicio de la pandemia, el Ministerio de Ciencia, aprobó medidas extraordinarias a través del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI) para seguir apoyando el mantenimiento de actividades innovadoras y de alto valor añadido.
La principal novedad fue la aplicación de una reducción de las garantías solicitadas a todos los proyectos de I+D+i que fuesen aprobados a partir del pasado 14 de marzo de 2020. Esta medida permite a las pymes y empresas de mediana capitalización quedar exentas de aportar garantías.
Gracias a esta medida, las ayudas de I+D+i incluso se habrían hecho más atractivas. Sin embargo, para recibir este tipo de financiación la compañía o proyecto debe cumplir con cierta solvencia económica.
Las empresas que están sufriendo crisis del COVID están interesadas en este tipo de líneas porque les pueden ayudar a mantenerse a flote y seguir innovando, pero en ocasiones sus números no cuadran con los que se solicitan desde el CDTI. Algo similar puede ocurrir con otras ayudas europeas.
Si tu compañía es considerada como ‘empresa en crisis’ difícilmente será destinataria de esos fondos. Pese a cumplir con otros ratios financieros, el CDTI y los otros organismos no aceptarán la tramitación, tal y como indica el apartado 18 del artículo 2 del Reglamento (UE) nº 651/2014.
Cómo comprobar si tu empresa está en crisis
El CDTI incluye dentro de estas también a aquellas que hayan solicitado la declaración del concurso de acreedores voluntariamente o hayan sido declaradas en concurso. Igualmente, excluye como beneficiarias a las sociedades que no se encuentren al corriente el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social.
Por hacer un resumen, puede decirse que una ‘empresa en crisis’ es aquella en la que las pérdidas acumuladas están por encima de la mitad de sus fondos propios.
Si se trata de una sociedad de responsabilidad limitada hablaremos de una ‘empresa en crisis’ cuando en el balance, haya desaparecido más del 50% de su capital social suscrito como consecuencia de las pérdidas acumuladas, o si la operación fondos propios – pérdidas acumuladas – capital suscrito arroja una cifra negativa superior a la mitad del capital social suscrito.
En el caso de una sociedad en la que algún socio tiene una responsabilidad ilimitada sobre la deuda, se considera como tal en el supuesto en que haya desaparecido por las pérdidas acumuladas más de la mitad de los fondos propios que figuran en su contabilidad o, cuando al restar las pérdidas acumuladas de los fondos propios se obtenga una cifra inferior a la mitad de los fondos propios.
El CDTI va a comprobar si tu empresa ha demostrado su modelo de negocio y si tiene beneficios e ingresos. También querrá saber cuál es su patrimonio neto y el índice de apalancamiento, con el fin de calcular las garantías que se pueden exigir. No obstante, el índice de apalancamiento no contaría teniendo en cuenta las medidas impulsadas por el CDTI con el COVID-19.
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