Préstamos y subvenciones ICEC 2024: Ayudas para empresas catalanas del sector cultural

A través del ICEC (Instituto Catalán de las Empresas Culturales), las empresas con sede en Cataluña, pueden acceder a diferentes líneas de ayudas para el desarrollo de actividades culturales dentro de toda la cadena de valor y que engloban desde la producción hasta la promoción, distribución, difusión y exhibición.

El principal objetivo de ICEC es acompañar a los proyectos empresariales culturales y darles soporte para fomentar la cultura empresarial en el entorno cultural.

En elarticulo de hoy te contamos las diferentes líneas de ayudas disponibles:

Aportaciones reintegrables del ICEC

 

Beneficiarios

Empresas (personas físicas o jurídicas) y entidades sin ánimo de lucro en el caso de giras de orquestas sinfónicas. Dentro de las empresas beneficiarias de esta tipología de ayudas de ICEC encontraríamos los proyectos culturales de música, editoriales, artes escénicas, artes visuales y multimedia, largometrajes, festivales y ciclos musicales, proyectos del ámbito discográfico o de producción musical, videojuegos y producciones teatrales.

 

Tipología de ayuda

Ayudas económicas, en forma de subvención más préstamo, de hasta el 75% del presupuesto financiable*, que permiten a la empresa disponer de liquidez para iniciar un proyecto cultural.

 

*En el caso de la distribución y explotación de espectáculos puede llegar al 100%.

 

La devolución de la ayuda se efectúa en un plazo ajustado a las necesidades financieras del proyecto y teniendo en cuenta el éxito o el fracaso de la propuesta.

 

Principales requisitos

  •  Contar con el domicilio en Cataluña
  •  Contar con una antigüedad mínima de 2 años.
  •  El objeto social deberá ser: producción, distribución y difusión de contenidos culturales

 

Tipologías de proyectos financiables

  • Genéricos: Proyectos Culturales de música, editorial, artes escénicas, artes visuales y multimedia
  •  Audiovisual: Planes de distribución de largometrajes
  • Música: Festivales y ciclos musicales y proyectos del ámbito discográfico o de producción musical
  • Libro: Proyectos y planes editoriales
  • Videojuegos: Proyectos del ámbito de los videojuegos
  • Distribución y explotación de espectáculos: Proyectos de artes escénicas y música en vivo dentro y fuera de Cataluña
  • Artes escénicas y música: Proyectos de producción teatral de espectáculos musicales de gran formato en catalán u occitano.

Préstamos participativos del ICEC

 

Objetivo

Ofrecer apoyo en las fases iniciales de los proyectos empresariales.

 

Beneficiarios

Startups culturales.

 

Entidades

El ICEC tiene firmado un convenio de colaboración con el Institut Català de Finances, entidad que gestiona la tramitación y formalización de estos préstamos participativos.

 

Tipologíade ayuda

Préstamo participativo a largo plazo, sin necesidad de entrada de socios ajenos ni dilución por parte de los fundadores.

  • Plazo de amortización: Entre 3 y 5 años, incluyendo un plazo de carencia de 2 años.
  •  Intereses: 2,5% de interés fijo o mínimo +interés variable. (tipo de interés total máximo de 10%). Los intereses son gastos deducibles a efectos fiscales.
  • Comisión de apertura: 1% del importe formalizado.
  •  Amortización mensual.

Programa de aceleración de empresas culturales

Objetivo

Proporcionar apoyo financiero para que las empresas culturales de las artes escénicas, visuales, editoriales, musicales, audiovisuales y de cultura digital puedan celebrar contratos y realizar inversiones estratégicas para acelerar su surgimiento.

          

Fases del programa (en formato subvención):

  1. Servicios de aceleración. Objetivo: Las empresas beneficiarias acceden a los servicios de una empresa de consultoría con el objetivo de acelerar su crecimiento, a través de la mejora de la organización, gestión, desarrollo, innovación y competitividad de la empresa.
  2. Inversiones. Objetivo: Realizar inversiones estratégicas relacionadas con los proyectos financieros dela Fase 1 que permitirán a la empresa incrementar significativamente su desempeño económico, ya sea cuantitativo o cualitativo.

Convocatoria abiertaactualmente:

 

Subvenciones para la producción de largometrajes cinematográficos de ficción, de acuerdo con las siguientes modalidades:

  • Proyectos de alto interés cultural, cinematográfico, social o experimental, con especial atención a las óperas primas y a los/las nuevos/nuevas realizadores/as
  •  Proyectos de interés cultural con vocaciónde mercado.
  • Proyectos con vocación de mercado.

 

Beneficiarios

Empresas de producción audiovisual independientes que estén inscritas en el Registro de empresas audiovisuales de Cataluña o en el Registro administrativo de empresas cinematográficas y audiovisuales gestionado por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA), o las de un Estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo y con establecimiento permanente en el Estado español.

 

Principales requisitos:

  • La empresa solicitante se encargará de la producción ejecutiva del proyecto, de modo que la persona física encargada dela producción ejecutiva dependerá contractualmente de la primera.
  • No se admitirán los proyectos realizados en régimen de coproducción en los que la participación de la empresa productora independiente solicitante sea únicamente financiera. Asimismo, si se trata de coproducciones internacionales bipartitas, la aportación global al proyecto por parte del conjunto de empresas productoras independientes que integren la parte española no podrá ser inferior al 50% del presupuesto total. En caso de que la coproducción internacional sea multipartita, la participación del conjunto de empresas productoras independientes que integren la parte española será mayoritaria.
  • Habrá que incorporar al rodaje, en régimen de prácticas para alguna de las especialidades de guión, producción, dirección, fotografía, montaje o dirección artística, a tres alumnos o alumnas o graduados o graduadas de centros de estudios de enseñanza audiovisual.
  •  Las obras audiovisuales en formato digital deberán incluir, como mínimo, la versión doblada o subtitulada en catalán, de acuerdo con el artículo 32.3 de la Ley20/2010, de 7 de julio, del cine.
  • La obra audiovisual deberá estar finalizada como máximo el 15 de septiembre del cuarto año posterior al de concesión de la subvención.
  • El largometraje cinematográfico deberá estrenarse en cines comerciales de Cataluña como máximo en el plazo de 12 meses posteriores a la presentación de la cuenta justificativa.

 

Documentación necesaria:

  • Guion de la obra audiovisual propuesta.
  • Memoria descriptiva del largometraje que refleje la propuesta del equipo técnico y artístico, incluyendo una declaración de intenciones elaborada y firmada por la dirección del proyecto en el que exponga su intención de dirigirlo, su motivación y aspiraciones.
  • Memoria sobre las medidas e iniciativas implementadas en materia medioambiental y de sostenibilidad.
  • En el caso de que el largometraje esté finalizado en el momento de la presentación de la solicitud, se facilitará, como mínimo, el primer corte de montaje (rough-cut)
  • Etc.

 

Plazo para la presentación de solicitudes

Hasta el próximo 15de abril de 2024.

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