Las ayudas tienen el objetivo de hacer frente a los desafíos de la economía madrileña, entre los que se encuentra: incrementar y mantener el empleo de alta cualificación y calidad.
Líneas de actuación de las ayudas para el desarrollo de jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica
Se establecen 3 líneas diferentes de actuación en función de la finalidad de las mismas, que quedan definidas en:
- nicio de actividad de startups de hasta 1 año de antigüedad.
- Consolidación de jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica con más de 1 año y hasta 5 años de antigüedad.
- Crecimiento y aumento de la productividad de pymes innovadoras, de más de 5 años de antigüedad.
Tipo de financiación
La concesión de las ayudas se realizará en forma de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva.
Beneficiarios de las ayudas para el desarrollo de jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica
En función de la línea de ayudas, las entidades beneficiarias serán:
- Línea 1: Nuevas pymes innovadoras de base tecnológica de hasta 1 año de antigüedad, que deberán tener la categoría de pequeña empresa en el momento de presentación de la solicitud.
- Línea 2: Jóvenes pymes innovadoras de base tecnológica de entre 1 y 5 años de antigüedad, que deberán tener la categoría de pequeña empresa en el momento de presentación de la solicitud.
- Línea 3: Pymes innovadoras de más de 5 años de antigüedad, que deberán tener la categoría de pequeña o mediana empresa en el momento de presentación de la solicitud.
Plazos para la ejecución de los proyectos
En función de la línea, los plazos máximos para la ejecución de los proyectos serán de:
- Línea 1: hasta 12 meses
- Línea 2: hasta 24 meses
- Línea 3: hasta 24 meses
Requisitos de las ayudas para el desarrollo de jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica
- Tener categoría de pequeña o mediana empresa, según la línea de ayudas a solicitar.-Ser una empresa innovadora.
- Tener al menos un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.
- Las ayudas deberán tener efecto incentivador, por lo que no serán subvencionables aquellos proyectos iniciados con anterioridad a la concesión de la ayuda.
Además, para ser beneficiarias de las ayudas, las empresas deberán justificar unos gastos subvencionables superiores a 30.000 € (línea 1), 75.000 € (línea 2) o 200.000 € (línea 3), según corresponda.
Tipos de proyectos subvencionables
- Estudios de viabilidad técnica previos a actividades de investigación industrial o de desarrollo experimental.
- Proyectos de investigación industrial
- Proyectos de desarrollo experimental
Actividades subvencionables
- Línea 1: Plan de negocio a 2 años, el plan de viabilidad empresarial, el plan de desarrollo tecnológico, los estudios de asesoramiento y consultoría de desarrollo empresarial y de mercado (test de mercado) y otros informes técnicos, entre otros.
- Línea 2: Plan empresarial a 3 años que posibilite el desarrollo de nuevos productos, servicios o procesos para su introducción en el mercado, el plan de desarrollo tecnológico, la planificación de incorporación de conocimientos técnicos, entre otros.
- Línea 3: Gastos asociados de los estudios de viabilidad técnica, los proyectos de investigación industrial y los proyectos de desarrollo experimental, entre otros.
Gastos financiables
- Costes de personal.-Costes de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto.
- Costes de investigación contractual de investigación y desarrollo, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas.
- Gastos de asesoramiento y apoyo a la innovación y al desarrollo de negocio.
- Otros servicios externos como asistencia técnica, consultoría en materia jurídica, económica y financiera, etc.
- Informes, certificaciones y auditorías realizadas por auditores o expertos en la medida que sean requeridos por las presentes bases reguladoras.
- Otros gastos de funcionamiento, directamente derivados del proyecto.
Criterios de evaluación de las solicitudes
Durante la fase de evaluación, los proyectos presentados podrán obtener una puntuación máxima de 100 puntos, basándose en los siguientes criterios:
- Criterio Calidad científico-técnica y de innovación de los proyectos: 0-45 puntos.
- Criterio Viabilidad económica y rentabilidad del Plan de Negocio de la empresa, oportunidad tecnológica y viabilidad de mercado del proyecto, y capacidad científico-técnica de la empresa: 0-45 puntos.
- Criterio Colaboración y cooperación con organismos de investigación y de difusión del conocimiento, impacto socioeconómico y medioambiental y coherencia del proyecto: 0-10 puntos.
Documentación requerida
Junto con la solicitud de la ayuda las empresas deberán adjuntar, entre otras:
- La memoria general descriptiva del proyecto, donde se incluyan los aspectos técnicos, científicos y de innovación, y económico-financieros del mismo. En dicha memoria, también se deberá incluir un presupuesto del proyecto y el plan de negocio y de explotación comercial del proyecto.
- Presentación de presupuestos de proveedores o facturas proforma de los gastos a incurrir en la realización del proyecto.
Plazo para la presentación de solicitudes:
Las empresas interesadas deberán presentar las solicitudes telemáticamente, en un plazo máximo de 15 días hábiles desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
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