Con solo un 30% de empresas turísticas avanzando en la digitalización, destinar los recursos necesarios para lograr acelerar dicha digitalización y mejorar los indicadores referentes a la competitividad turística es clave para el crecimiento de la economía española.
Organismo
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo a través de SEGITUR. Los fondos mediante los cuales se financiarán los proyectos provienen de los fondos Next Generation EU.
Objetivo
Intensificar la digitalización de las empresas del sector turístico. Específicamente, el principal objetivo de las ayudas recogidas en la convocatoria es "implementar actuaciones de impulso de la digitalización de los destinos turísticos y de las empresas turísticas y abordar la construcción de un sistema de inteligencia turística basado en la economía del dato y la interoperabilidad".
Presupuesto de la convocatoria
25 M€.
Líneas
La convocatoria cuenta con dos líneas diferentes de actuación, atendiendo a la tipología de los proyectos financiados.
- Línea 1: Para proyectos de desarrollo tecnológico innovadores.
- Línea 2: Para proyectos de implantación y adopción de nuevas tecnologías.
Tipología de la ayuda
Ayudas directas de entre 300.000 y 5 M€.
Los proyectos de la línea 1 podrán ser beneficiarios de entre 500.000 € y 5M €, mientras que los proyectos de la línea 2 optarán a ayudas de entre 300.000 € y 750.000 €.
Beneficiarios
Proyectos de digitalización de «última milla» llevados a cabo por agrupaciones de empresas del sector turístico o de empresas que actúen como socios tecnológicos de las anteriores. Los proyectos presentados deberán cubrir procesos y productos fácilmente escalables y replicables con una clara orientación al usuario final.
Requisitos principales
- Línea 1: Deberán incorporar alguna de las tecnologías emergentes o de nuevo desarrollo con riesgo tecnológico medio/bajo, en el ámbito del internet de las cosas, 5G, big data, ciberseguridad o aplicaciones móviles. Contar con un presupuesto de entre 500.000 y 5 M€, y una duración máxima de 18 meses. Por otro lado, el nivel de madurez de la tecnología de los proyectos presentados deberá situarse entre TRL 6-8. Los proyectos deberán desarrollarse bajo la modalidad de agrupación.Entendiendo por riesgo tecnológico bajo, aquellos proyectos con poca complejidad técnica y tecnológica, con pequeño número de sistemas implicados e integración simple, que precisen de tiempos de ejecución cortos.
- Línea 2: Deberán incorporar tecnologías testadas previamente en el mercado con riesgo tecnológico bajo. Contar con un presupuesto de entre 300.000 y 750.000 €, y una duración máxima de 12 meses. Por otro lado, el nivel de madurez de la tecnología de los proyectos presentados deberá situarse entre TRL 8-9. Los proyectos deberán desarrollarse bajo la modalidad de agrupación.
Entendiendo por riesgo tecnológico alto, aquellos proyectos de alta complejidad técnica y tecnológica, con un gran número de sistemas implicados y con posible dificultad en la integración, que precisen de tiempos de ejecución más largos y requerimientos de formación específica en los recursos que los operan.
Antes de concurrir las entidades se constituirán en agrupación, formalizando un documento que contendrá el contenido mínimo que establece el artículo 67.2 del RealDecreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, entre el que figuran:
- Compromisos de ejecución de actividades asumidos por cada miembro de la agrupación.
- Presupuesto correspondiente a las actividades asumidas por cada miembro de la agrupación, e importe de la subvención a aplicar en cada caso.
- Representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.
- Organización interna de la agrupación, plan de contingencias y disposiciones para la resolución de litigios internos.
- Acuerdos sobre responsabilidad, indemnización y confidencialidad entre los participantes.
- Propiedad de los resultados.
- Protección legal de los resultados, y, en su caso, de la propiedad industrial resultante. Deberá recoger una previsión mínima de cesión de derechos de uso no exclusivo en beneficio de la administración pública española, por una duración acorde con la regulación de la propiedad intelectual o industrial, según el caso.
- Normas de difusión, utilización, y derechos de acceso a los resultados de la actividad subvencionada.
Gastos subvencionables:
- Gastos de personal técnico
- Costes de instrumental y material inventariable
- Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales
- Gastos asociados a los informes de auditoría externa exigidos
Plazo para la presentación de solicitudes: 1 mes desde la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE.
Desde Intelectium te ayudamos a identificar si tu empresa puede optar a esta nueva ayuda de los fondos Next Generation EU o si encajas con otras convocatorias similares. Una vez hemos escogido la ayuda que mejor se adapta a tu empresa, preparamos todo el material necesario para solicitarla y te acompañamos durante el proceso de análisis hasta la posterior concesión y justificación. Contacta con nosotros a través de nuestro formulario web o de nuestro email de contacto: comunicacion@intelectium.com.Conoce más información sobre las Ayudas Next Generation EU