Subvenciones COVID-19 para proyectos de I+D y de Inversión para hacer frente a la emergencia sanitaria

Nueva convocatoria de subvenciones COVID-19 para proyectos de I+D y de Inversión para hacer frente a la emergencia declarada por el Coronavirus.

· El presupuesto de la convocatoria Subvenciones COVID-19 es de 12.000.000 euros.

· Se trata de ayudas en forma de subvención para empresas con domicilio fiscal en España, Centros Tecnológicos y/o Centros de Apoyo a la Innovación.

· El plazo de presentación de las solicitudes se ha abierto el pasado 11 de mayo de 2020 a las 12:00h del mediodía.

El pasado 11 de mayo se publicó la convocatoria del CDTI: “Subvenciones COVID-19”, una convocatoria de ayudas destinada a proyectos de I+D y proyectos de Inversión que tengan como objetivo principal aportar soluciones para frenar y mitigar la emergencia sanitaria declarada por la enfermedad del COVID-19.

¿Qué beneficiarios y categorías tiene la convocatoria?

Para proyectos de I+D

Empresas válidamente constituidas, con personalidad jurídica y domicilio fiscal en España.Centros Tecnológicos y/o Centros de Apoyo a la Innovación que estén inscritos dentro del registro de centros creado por el Real Dectro 2093/2008, del 19 de diciembre.

Para proyectos de inversión:

Empresas Válidamente constituidas, con personalidad jurídica y domicilio fiscal en España.

¿Qué características tiene la convocatoria Subvenciones COVID-19?

Sólo se concederá una ayuda por beneficiario. La intensidad máxima de las ayudas será del 80% del presupuesto elegible del proyecto presentado. La cuantía individual de las ayudas se determinará siempre en función del coste financiable real del proyecto, de las características propias del beneficiario y de la disponibilidad presupuestaria. La totalidad de la ayuda a cada beneficiario se desembolsará en un único pago. El CDTI verificará el cumplimiento de la actuación que ha sido subvencionada y emitirá la correspondiente certificación acrediticia.

¿Qué características deben cumplir los proyectos solicitantes?

Todos los proyectos presentados deberán tener en cuenta la situación de emergencia sanitaria y, por lo tanto, deberán permitir una implementación y puesta en marcha rápida y en el corto plazo.Proyectos de I+D:

Proyectos de I+D individuales.Actividades de investigación industrial y/o desarrollo experiemntal relacionadas con el COVID-19. Se incluyen dentro de este apartado: las vacunas, medicamentaos y tratamientos, productos sanitarios y equipos hospitalarios y médicos, desinfectantes, ropa y equipos de protección, así como todas aquellas innovaciones en procesos pertinentes con vistas a una producción eficiente de los productos necesarios.El proyecto debe iniciarse en 2020 y finalizarse, como máximo, el 31 de octubre de 2021.

Proyectos de Inversión:

Proyectos de Inversión Individuales.Inversiones para la fabricación de todos aquellos productos realazionados con el COVID-19. Se incluyen dentro de este concepto los medicamentos y tratamientos, productos intermedios, ingredientes farmacéuticos activos, materias primas, los productos sanitarios, equipos hospitalarios y médicos y las materias primas necesarias para su producción, así como las herramientas de recogida y tratamiento o análisis de datos.Estas inversiones deberán implicar una mejora en el proceso de producción habitual del beneficiario o un incremento de su capacidad de producción.La duración máxima de 6 meses, a contar desde la fecha de concesión de la ayuda. El proyecto se deberá iniciar en 2020 y finalizar, como máximo, el 31 de octubre de 2020.

El presupuesto elegible máximo tanto para los proyectos de I+D como para los proyectos de inversión es de 625.000 euros.La subcontratación máxima que puede tener el proyecto es del 65% del presupuesto elegible, siempre y cuando tenga la debida autorización en la resolución de la concesión.No se permite la subcontratación de entidades vinculadas al beneficiario. En el caso de que haya contratos por un importe superior a los 60.000 euros se deberán aportar tres ofertas de diferentes proveedores para justificar la elección entre las ofertas presentadas.

¿La concesión de las Subvenciones COVID-19 de CDTI permite generar informe motivado?

Sí, para los proyectos de I+D. Para los proyectos de inversión no.

¿Qué gastos son elegibles?

Para los proyectos de I+D:

Costes de personal dedicado al proyecto.Costes de materiales, fungibles, suministro y otros productos de características similares.Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas.Consultoría y otros servicios equivalentes.Costes relacionados con la obtención, validación y defensa de patentes, evaluaciones de conformidad o autorizaciones necesarias para la comercialización.

Proyectos de Inversión:

Costes de materiales, suministros y productos similares.Costes de personal dedicado al proyecto.Costes de adquisición de activos fijos materiales e inmateriales.Costes de contrataciones externas necesarias para la inversión.

¿Qué compatibilidad tienen las Subvenciones COVID-19?

La ayuda concedida dentro del marco de esta convocatoria es incompatible durante su periodo de ejecución con cualquier otra ayuda pública de ámbito europeo, estatal o autonómico siempre y cuando esta tenga objetivos y finalidad idénticos.

Más sobre ayudas COVID-19 disponibles en España:

Puedes ampliar información de la convocatoria Subvenciones COVID-19 revisando las bases de la convocatoria publicadas.También puedes conocer y explorar otras medidas de financiación pública publicadas por el CDTI y otras instituciones públicas como el ICO, IVF o ICEX.Por otro lado, puedes consultar el estado de Enisa y sus procedimientos debido a la situación del COVID-19.