Bonificaciones por Personal Investigador: Qué son y cómo y cuándo aplicarlas

Se puede aplicar una bonificación del 40% en las aportaciones empresariales a las cuotas de la SS por contingencias comunes respecto al personal investigador contratado en nómina.

Como ya hemos detallado en el blog, las empresas que cuentan con actividades de I+D -y también de innovación tecnológica- pueden beneficiarse de algunas ayudas y subvenciones.

Sin embargo, estas no son las únicas ventajas existentes cuando una compañía decide apostar por la investigación como parte de su ADN. Hay un incentivo no tributario más dirigido al ámbito de personal dedicado dentro de la empresa a estas tareas de I+D+i. Hablamos de las bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social por personal investigador adscrito a actividades de I+D+i, establecidas por Real Decreto 475/2014, de 13 de junio.Dichos incentivos fiscales suponen la posibilidad de que las empresas disfruten de una bonificación del 40% en las aportaciones empresariales a las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes respecto al personal investigador que se determina en el artículo 2.

Resumen de las bonificaciones

  • Suponen un 40% de ahorro en el coste de las contingencias comunes de tus trabajadores técnicos en la Seguridad Social.
  • Aplican a todo el personal de I+D+i que tienes dentro de la empresa con una dedicación superior al 85% de su tiempo a actividades de I+D+i.
  • Se pueden aplicar de forma automática.
  • Para menos de 10 trabajadores de I+D+i no es necesario certificar, por lo que bastará con que la empresa justifique el proceso por su cuenta, a través de una memoria técnica y control horario. A partir de 10 trabajadores de I+D+i se deberá certificar mediante un Informe Motivado Vinculante, para el cual la compañía deberá pasar por una auditoria del proyecto, incluyendo entrevistas al personal a bonificar, etc.

¿Quiénes tienen derecho a las bonificaciones por personal investigador?

El artículo 2 establece que tendrán derecho a las mismas los empleados que se incluyen en los grupos 1,2,3 y 4 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social. Es importante que desarrollen su actividad de investigación y desarrollo e innovación tecnológica con exclusividad y durante la totalidad de su tiempo.

Técnicamente, no es necesario que sea el 100% del tiempo, ya que puede admitirse que un 15% del mismo sea dedicado a tareas de formación, divulgación o similares.

Lo que es indiferente es el tipo de contrato, ya que la bonificación puede pedirse para trabajadores de carácter indefinido, que estén en prácticas o bien con contrato por obra o servicio. En este último supuesto, eso sí, es necesario que su duración se prolongue por más de 3 meses.

Requisitos de las entidades beneficiarias de las bonificaciones

Las empresas beneficiarias de las bonificaciones por Personal Investigador deben cumplir con los dos siguientes requisitos:

  • Cumplir las condiciones exigidas con carácter general para la adquisición y mantenimiento de los beneficios en la cotización a la Seguridad Social.
  • No haber sido excluidas del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones muy graves no prescritas.

Las entidades o empresas beneficiarias podrán aplicar las bonificaciones con carácter automático en los correspondientes documentos de cotización, sin perjuicio de su control y revisión por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y por la Tesorería General de la Seguridad Social.

Bonificaciones Por Personal Investigador

¿Cómo se necesita certificar la dedicación del personal investigador?

Para llevar a cabo cierto control y evitar prácticas fraudulentas, se les pide a las empresas o entidades que aplique esta bonificación en el caso de tener una decena o una cifra superior de investigadores. Dicha empresa deberá aportar un Informe Motivado Vinculante (IMV) que será emitido por el Ministerio de Ciencia e Innovación o el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI). Cualquier empresa, de cualquier tamaño, que realice actividades de I+D+i puede solicitar el informe. La fecha limite para solicitar un IMV es el 25 de julio de cada año en el caso del año fiscal natural, o a las 6 meses y 25 días naturales posteriores a la conclusión del período impositivo.

En este caso el interesado tendrá que solicitar previamente a una entidad de certificación que acredite que su plantilla por la que se ha bonificado la organización se dedica en exclusiva a tareas de I+D+i.

Por su parte, las empresas solicitantes también tienen que reunir una serie de requisitos, como comentados anteriormente.

Actividades elegibles por el personal investigador según su sector

Las actividades elegibles para el personal Industrial son:

  • Análisis y anteproyecto
  • Estudio y especificaciones
  • Diseño mecánico
  • Fabricación y montaje (prototipo)
  • Puesta a punto y pruebas
  • Mantenimiento evolutivo

Las actividades elegibles para personal TIC son:

  • Análisis y diseño
  • Desarrollo construcción
  • Evolutivo y desarrollo preventivo
  • Pruebas (unitarias, integración…)
  • Renovación tecnológica
  • Integración
  • Migración
  • Formación o gestión del conocimiento

Ventajas de las bonificaciones por Personal Investigador

Las empresas y entidades que puedan beneficiarse de dichas bonificaciones pueden disfrutar de algunas ventajas significativas.

La primera de ellas, y más evidente, es que el gasto en de personal investigador dedicado a actividades de I+D+i va a verse reducido.

Por otro lado, obtener estas bonificaciones es incompatible con las deducciones fiscales por I+D+i que se pueden conseguir en el caso de ‘pymes innovadoras’. En el resto de organizaciones, puede existir esta compatibilidad siempre que no se apliquen ambos incentivos sobre el mismo investigador.

¿Qué otros incentivos fiscales existen además de las bonificaciones por personal investigador?

Tax Lease o Tax Equity, se trata de un instrumento de financación capaz de canalizar la inversión privada al sector de los investigadores.

Deducciones fiscales por I+D+i. Reducción de la cuota del Impuesto de Sociedades por la realización de actividades de I+D+i dentro de la empresa.

Sello Pyme Innovadora. No es un incentivo fiscal en sí mismo, pero permite la compatibilidad de dos incentivos fiscales sobre los mismos trabajadores: Bonificaciones por Personal investigador y Deducciones fiscales por I+D+i. Se trata de un reconocimiento por parte del MINECINN para las empresas que tienen un carácter innovador.

Patent Box, se trata de un incentivo fiscal para la cesión de patentes. También es conocido como la reducción de las rentas procedentes de determinados activos intangibles. Es un estímulo fiscal para recompensar la innovación y fomentar la creación y nuevos diseños.

Más: Deducciones por I+D+i para startups y pymes

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